Ética y regulación

IA y derechos de autor: qué dice la ley y qué hacer

Qué dice la ley sobre entrenar IA con obras protegidas, quién es autor de lo generado y cómo protegerte como creador o empresa.

La relación entre IA y derechos de autor se decide en dos frentes. El primero es si se pueden usar obras protegidas para entrenar modelos. El segundo es si lo que genera una IA puede tener un autor y recibir protección. En la UE el entrenamiento se apoya en la excepción de minería de textos y datos, con derecho de oposición para los titulares. La autoría exige, en general, una aportación humana creativa.

Esta materia cambia con rapidez: hay sentencias nuevas, códigos de buenas prácticas y revisiones de normas. Lo que sigue es información general, no asesoramiento jurídico. Si hay dinero o derechos en juego, consulta a un abogado de propiedad intelectual.

¿Se pueden usar obras protegidas para entrenar una IA?

Depende del país y de cómo se obtuvieron los datos. Los modelos de lenguaje y de imagen aprenden de enormes colecciones de textos, imágenes y música. Si quieres entender el mecanismo, tienes una explicación en qué es un LLM.

Entrenar exige copiar las obras, aunque sea de forma temporal, para analizarlas. Esa copia es la que el derecho de autor regula. Cada sistema jurídico responde de forma distinta:

  • Unión Europea: no existe una norma específica para entrenar IA. Se aplica la excepción de minería de textos y datos, con un derecho de reserva para los titulares.
  • Estados Unidos: se discute bajo la doctrina del fair use (uso legítimo), que se evalúa caso por caso. En la UE no existe esa figura.
  • Latinoamérica: la mayoría de las leyes sigue la tradición continental, con excepciones tasadas y sin una cláusula general como el fair use. Varios países debaten reformas, así que conviene revisar la ley local.

Hay una distinción útil: una cosa es entrenar con una obra y otra que el modelo la reproduzca. Lo segundo, si ocurre de forma sustancial, puede ser una infracción distinta. Los tribunales empiezan a separar ambas cuestiones.

¿Qué dice la UE sobre la minería de textos y datos?

La Directiva (UE) 2019/790 sobre derechos de autor en el mercado único digital regula la minería de textos y datos. Es el análisis automatizado de contenidos digitales para extraer patrones o correlaciones. En España se incorporó a la Ley de Propiedad Intelectual mediante el Real Decreto-ley 24/2021.

La directiva prevé dos excepciones:

  1. Artículo 3: para organismos de investigación e instituciones del patrimonio cultural, con fines de investigación científica. Los titulares no pueden oponerse.
  2. Artículo 4: para cualquier finalidad, incluida la comercial, siempre que el acceso a la obra sea lícito. Los titulares pueden reservarse los derechos y excluir sus obras.

En contenidos publicados en línea, la reserva debe hacerse «de manera adecuada», por ejemplo con medios de lectura mecánica. En la práctica se entiende que valen los metadatos, los términos de uso del sitio y el archivo robots.txt. Existe también el protocolo TDMRep, impulsado en el ámbito del W3C.

Hay un punto abierto. La directiva se redactó antes de la IA generativa, y no está resuelto del todo que el artículo 4 cubra el entrenamiento de modelos generativos. La propia norma prevé una revisión a partir de 2026, así que conviene comprobar si ha cambiado algo.

Qué añade el Reglamento de IA

El Reglamento (UE) 2024/1689 no crea nuevos derechos de autor, pero impone deberes a los proveedores de modelos de uso general. Según su artículo 53, deben:

  • Tener una política de cumplimiento de la normativa europea de derechos de autor. Debe permitir identificar y respetar las reservas de derechos del artículo 4 de la directiva.
  • Publicar un resumen suficientemente detallado de los contenidos usados para el entrenamiento, según el modelo de la Oficina Europea de IA.

Los considerandos del reglamento apuntan a que estas obligaciones se aplican con independencia de dónde se haya entrenado el modelo. Si ofrece sus servicios en la UE, debe respetar la reserva de derechos. Tienes el marco general en nuestra guía sobre el Reglamento europeo de inteligencia artificial.

¿Quién es el autor de una obra generada con IA?

En España y en la mayor parte de Europa, el autor es una persona física. La Ley de Propiedad Intelectual lo establece de forma expresa. El Tribunal de Justicia de la UE exige además que la obra sea una «creación intelectual propia» de su autor, lo que presupone decisiones creativas humanas.

En EE. UU. la línea es parecida. La Oficina de Derechos de Autor mantiene que se requiere autoría humana. En Thaler v. Perlmutter, los tribunales confirmaron que una obra creada de forma autónoma por una máquina no se puede registrar. La oficina ha publicado informes sobre IA y derechos de autor en su página dedicada a IA.

El matiz importante es que usar IA no excluye por sí solo la protección. Cuenta cuánto control creativo ejerce la persona. Este cuadro resume la lógica general, que puede variar según el país:

Cómo se usa la IA Protección probable Por qué
Un prompt sencillo y se acepta el resultado Dudosa o nula El resultado no refleja decisiones creativas suficientes de una persona.
La IA genera material y la persona lo edita, repinta o recompone Posible en la parte humana Las modificaciones originales pueden ser creación propia.
La persona selecciona y ordena material generado (un libro ilustrado, una secuencia) Posible en la selección y la disposición La estructura puede ser original aunque cada elemento no lo sea.
La IA solo asiste (corrector, traducción, ideas) y la obra es esencialmente humana Sí, como obra humana La autoría y el control creativo siguen siendo de la persona.

Un ejemplo conocido en EE. UU. es el cómic Zarya of the Dawn. La oficina protegió el texto y la selección y disposición de las imágenes. No protegió las imágenes individuales generadas con IA. Es una decisión administrativa, pero ilustra el criterio.

Si escribes con asistentes, la guía sobre IA para escribir libros trata el lado práctico. Aquí lo clave es que no hay autoría sin aportación humana demostrable.

¿Qué demandas hay y qué muestran?

Los litigios avanzan en varios países y sus resultados no son uniformes. Lo que sigue se basa en información pública y en resoluciones conocidas. Comprueba el estado actual de cada caso antes de citarlo, porque pueden existir apelaciones o acuerdos posteriores.

  • The New York Times contra Microsoft y OpenAI (EE. UU., desde 2023): el medio alega que se usaron sus artículos para entrenar modelos y que estos pueden reproducir fragmentos. Las demandadas defienden que su uso es legítimo.
  • Bartz contra Anthropic (EE. UU., 2025): un juez distinguió entre entrenar con libros adquiridos legalmente, que consideró uso transformador en ese caso, y conservar copias obtenidas de fuentes piratas. El asunto terminó en un acuerdo.
  • Getty Images contra Stability AI (Reino Unido, 2025): el tribunal rechazó en lo esencial la infracción secundaria. La decisión fue limitada y no zanja si entrenar con obras protegidas es lícito. Parte de la reclamación original sobre el entrenamiento se retiró por haberse realizado fuera del país.
  • GEMA contra OpenAI (Múnich, 2025): según la información publicada, el tribunal alemán entendió que memorizar y reproducir letras de canciones protegidas vulneraba los derechos de los autores.
  • Kneschke contra LAION (Hamburgo, 2024): el tribunal aplicó la excepción de investigación científica a la creación de un conjunto de datos de imágenes. No resolvió si vale para el entrenamiento comercial de modelos.

De estos casos se pueden sacar tres lecciones prudentes. Primero, el resultado depende de la jurisdicción y de los hechos concretos. Segundo, la procedencia de los datos pesa: no es lo mismo una copia lícita que una pirata. Tercero, que un modelo reproduzca obras es más arriesgado que haberlas usado para entrenar.

¿Qué puede hacer un creador para proteger su obra?

Ninguna medida da garantías absolutas, pero hay pasos con respaldo en la normativa europea.

  1. Reserva tus derechos de forma legible por máquinas. Añade la reserva en tu web y en los términos de uso. Configura robots.txt para los rastreadores de entrenamiento.
  2. Guarda pruebas de autoría. Conserva borradores, archivos de trabajo y fechas. Sirven para acreditar tu aportación.
  3. Revisa las condiciones de las plataformas donde publicas. Algunas permiten usar tus contenidos para entrenar salvo que te opongas.
  4. Vigila las copias. Si un modelo reproduce tu obra, guarda capturas con fecha y consulta a un profesional.

Este es un ejemplo de robots.txt para pedir que ciertos rastreadores de entrenamiento no accedan a tu sitio. Los nombres de los agentes cambian, así que verifica los vigentes en la documentación de cada proveedor.

User-agent: GPTBot
Disallow: /

User-agent: Google-Extended
Disallow: /

User-agent: CCBot
Disallow: /

Resultado esperado: los rastreadores que respetan el protocolo dejarán de acceder a tu contenido para entrenar. Esto no borra lo que ya se haya copiado ni obliga a quien ignore el archivo. Por eso conviene reforzarlo con una reserva expresa en los términos de uso.

¿Qué debe hacer una empresa que usa IA generativa?

El riesgo de una empresa tiene dos caras: lo que entra (datos y prompts) y lo que sale (contenidos que publica). Si estás empezando, la guía de IA para pymes ayuda a ordenar el uso. Aquí van los puntos de derechos de autor.

  • No subas a un asistente material de terceros sin licencia, ni contenido confidencial de clientes.
  • Lee los términos del proveedor: qué hace con tus datos, quién responde si el resultado infringe y si ofrece cláusulas de indemnidad.
  • Define qué contenidos pueden generarse con IA y cuáles requieren revisión humana.
  • Pide a los proveedores información sobre el origen de los datos de entrenamiento y su política de reserva de derechos.

Caso resuelto: una portada hecha con IA para un cliente

Marta es ilustradora autónoma. Una editorial le encarga una portada y ella usa un generador de imágenes para el boceto. Quiere entregar algo que pueda defender como suyo.

  1. Documenta el proceso. Guarda los prompts, las variantes descartadas y las fechas.
  2. Aporta creación propia. Recompone la escena, repinta zonas, rediseña la tipografía y ajusta el color. Conserva los archivos con capas.
  3. Comprueba el parecido. Compara el resultado con obras conocidas. Si se parece demasiado a una existente, lo descarta.
  4. Informa al cliente. Declara que se usó IA en el boceto y revisa las condiciones de uso de la herramienta para fines comerciales.
  5. Ajusta el contrato. Define qué se cede: la parte humana y los derechos que sí pueda transmitir, sin prometer una exclusividad que la ley quizá no ampare.

Una cláusula posible sería: «La autora declara que ha empleado herramientas de IA generativa en la fase de boceto y que la versión final incorpora elementos creados por ella. No garantiza derechos de exclusividad sobre los elementos generados automáticamente». Adáptala con ayuda profesional.

Si te interesa afinar cómo pides el material a una herramienta, revisa la guía de prompt engineering. Y para generadores de imagen abiertos, tienes la explicación de Stable Diffusion.

Por dónde empezar

Si eres creador y quieres reducir riesgos esta semana, empieza por reservar tus derechos: actualiza los términos de tu web y configura robots.txt. Si eres una empresa, empieza por una política interna de una página que fije qué se puede subir a las herramientas y qué contenidos requieren revisión humana. Después, consulta a un abogado de propiedad intelectual los casos de mayor valor.

Preguntas frecuentes

¿Puedo registrar una imagen creada con IA?

Depende del país y de tu aportación. Si solo escribiste un prompt, lo habitual es que no haya protección. Si editaste, seleccionaste o recompusiste el material, puede protegerse esa parte humana.

¿Es legal que una IA se entrene con mis obras?

En la UE puede serlo si el acceso fue lícito y no te reservaste los derechos. Si has hecho la reserva de forma adecuada, el entrenamiento comercial no queda amparado por la excepción. En otros países rigen reglas distintas y hay casos judiciales abiertos.

¿Se puede copiar el estilo de un artista?

El derecho de autor protege la expresión concreta de una obra, no un estilo en abstracto. Aun así, reproducir elementos reconocibles de obras concretas sí puede infringir derechos. También pueden entrar en juego otras normas, como las de competencia desleal o las contractuales.

¿Qué pasa si la IA genera algo muy parecido a una obra existente?

Si el resultado reproduce de forma sustancial una obra protegida, publicarlo puede constituir una infracción. La responsabilidad puede alcanzar a quien lo difunde, aunque no tuviera intención. Revisa siempre los resultados antes de usarlos con fines comerciales.

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